Impuesto General a las Ventas (IGV) en Perú

Introducción al IGV en Perú

A. Visión General del IGV

El Impuesto General a las Ventas (IGV) en Perú es un impuesto al consumo que grava el valor agregado a los bienes y servicios en cada etapa de producción y distribución. Implementado en 1982 y posteriormente reformado varias veces, el IGV ha evolucionado hasta convertirse en una piedra angular del sistema tributario peruano.

Introducción al IGV en Perú

Al 2025, el IGV representa aproximadamente el 40% del total de ingresos fiscales de Perú, convirtiéndolo en la mayor fuente individual de ingresos gubernamentales. El impuesto sigue el principio internacional de neutralidad fiscal, asegurando que las empresas no soporten la carga tributaria final sino que actúen como agentes de recaudación para el gobierno, siendo el consumidor final quien finalmente paga el impuesto.

B. Marco Legal

La legislación principal que rige el IGV es el «Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo» (Decreto Supremo No. 055-99-EF y sus modificaciones). Este marco se complementa con numerosos reglamentos, resoluciones administrativas y directrices interpretativas emitidas por la SUNAT (Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria), la autoridad tributaria de Perú.

El papel de la SUNAT se extiende más allá de la mera recaudación para incluir el registro de contribuyentes, la aplicación de auditorías y la provisión de orientación técnica en asuntos tributarios. Las recientes actualizaciones legislativas se han centrado en expandir la infraestructura digital para el cumplimiento tributario y cerrar vacíos en el sistema del IGV.

C. Alcance del IGV

El IGV se aplica a las siguientes transacciones gravables:

  • Venta de bienes muebles: Incluye prácticamente todas las transacciones de bienes personales tangibles dentro de Perú.
  • Prestación de servicios: Cubre servicios realizados o utilizados dentro del territorio peruano.
  • Contratos de construcción: Se aplica a todas las actividades de construcción realizadas en Perú.
  • Primera venta de inmuebles por constructores: Solo la venta inicial por desarrolladores está sujeta al IGV.
  • Importación de bienes: Se aplica independientemente del estatus del importador.

Las actividades no gravables incluyen la transferencia de negocios como empresas en marcha, fusiones, escisiones y reorganizaciones, así como ciertos servicios personales realizados bajo contratos de empleo.

Base Imponible y Tasa Impositiva

A. Determinación de la Base Imponible

La base imponible para el IGV es generalmente el valor total recibido por los bienes vendidos o servicios prestados. Las consideraciones específicas incluyen:

  • Para ventas: El valor de la factura, incluyendo cualquier cargo adicional pero excluyendo el IGV detallado por separado.
  • Para servicios: Las tarifas totales cobradas, excluyendo el IGV detallado por separado.
  • Para importaciones: El valor aduanero más los derechos de aduana y otros impuestos excluyendo el IGV.
  • Para transacciones de trueque: El valor de mercado justo de los bienes o servicios intercambiados.

Los descuentos se excluyen de la base imponible cuando están claramente indicados en la factura y directamente relacionados con la transacción específica. Todos los valores deben expresarse en Soles Peruanos (PEN); las transacciones en moneda extranjera deben convertirse utilizando el tipo de cambio oficial publicado por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) en la fecha en que surge la obligación tributaria.

B. La Tasa Estándar del IGV

La tasa estándar actual del IGV en Perú es del 18%, compuesta por:

  • 16% Impuesto General a las Ventas (IGV propiamente dicho)
  • 2% Impuesto de Promoción Municipal (IPM)

Estos siempre se aplican juntos, creando una tasa efectiva del IGV del 18%. Esta tasa ha permanecido estable desde 2011, proporcionando una medida de previsibilidad para empresas y consumidores.

C. Exoneraciones y Suministros con Tasa Cero

Perú mantiene varias categorías de exoneraciones del IGV, incluyendo:

  1. Alimentos básicos: Productos agrícolas sin procesar, pan y ciertos alimentos básicos.
  2. Servicios educativos: Incluyendo libros, periódicos y materiales educativos.
  3. Servicios financieros: La mayoría de transacciones bancarias y de seguros.
  4. Transporte público: Servicios de transporte de pasajeros dentro del país.
  5. Servicios de salud: Servicios médicos y dentales, así como ciertos medicamentos.
  6. Servicios culturales: Representaciones teatrales, conciertos y entradas a museos.

Los suministros con tasa cero consisten principalmente en exportaciones de bienes y ciertos servicios. A diferencia de las exoneraciones, la tasa cero permite a las empresas recuperar el IGV de entrada relacionado con estos suministros, haciéndolo más ventajoso para los exportadores.

Impuesto de Entrada y Salida

A. Impuesto de Salida (Débito Fiscal)

El impuesto de salida representa el IGV cobrado por empresas registradas en sus suministros gravables. Las empresas deben emitir documentos fiscales autorizados (facturas o boletas de venta) para cada transacción, indicando claramente el monto del IGV separado del precio.

Perú sigue un sistema de devengo para determinar cuándo se debe el impuesto de salida:

  • Para bienes: Cuando los bienes son entregados o cuando se emite la factura, lo que ocurra primero.
  • Para servicios: Cuando se completa el servicio o cuando se recibe el pago o se emite la factura, lo que ocurra primero.

B. Impuesto de Entrada (Crédito Fiscal)

El impuesto de entrada es el IGV pagado por empresas registradas en sus compras de bienes y servicios utilizados para fines comerciales. Para reclamar créditos fiscales de entrada, se deben cumplir los siguientes requisitos:

  • Los bienes o servicios deben ser necesarios para el negocio y deducibles como gastos para efectos del impuesto a la renta.
  • La transacción debe estar sujeta al IGV.
  • La empresa debe poseer documentación de respaldo válida (principalmente facturas, no boletas de venta).
  • El IGV debe mostrarse por separado en la factura.
  • La información del proveedor debe estar debidamente validada con el registro electrónico de la SUNAT.

Ciertos gastos enfrentan restricciones en la recuperación del impuesto de entrada, incluyendo gastos de entretenimiento, artículos personales y gastos de vehículos que excedan ciertos umbrales.

C. Cálculo y Pago del IGV

El IGV a pagar se calcula como:

IGV a Pagar = Impuesto de Salida (IGV cobrado en ventas) - Impuesto de Entrada (IGV pagado en compras)

Si el impuesto de entrada excede el impuesto de salida en un período determinado, el exceso se arrastra como un crédito fiscal para compensar futuras obligaciones de IGV. Bajo circunstancias específicas, como para exportadores o empresas bajo ciertos regímenes de promoción de inversiones, los créditos excesivos pueden ser reembolsados.

Registro y Cumplimiento

A. Quién Debe Registrarse para el IGV

Todas las empresas que realizan actividades gravables en Perú deben registrarse para el IGV si su facturación anual excede los S/. 96,000 (aproximadamente USD 25,000). Sin embargo, incluso las empresas por debajo de este umbral pueden registrarse voluntariamente para recuperar el impuesto de entrada y emitir facturas fiscales a sus clientes.

El registro se realiza a través de la SUNAT obteniendo un número RUC (Registro Único de Contribuyentes). Una vez registradas, las empresas quedan sujetas a diversas obligaciones de cumplimiento, incluyendo el mantenimiento de registros contables, la emisión de documentos fiscales adecuados y la presentación de declaraciones fiscales periódicas.

Registro y Cumplimiento

B. Requisitos de Facturación y Mantenimiento de Registros

Perú ha implementado un sistema integral de facturación electrónica. A partir de 2025, prácticamente todas las empresas están obligadas a emitir documentos fiscales electrónicos a través de plataformas aprobadas por la SUNAT. Los documentos fiscales válidos deben incluir:

  • Nombre, dirección y número RUC del emisor
  • Nombre, dirección y número RUC del cliente (para facturas)
  • Número secuencial de factura
  • Fecha de emisión
  • Descripción de bienes o servicios
  • Precio unitario y monto total
  • Monto del IGV mostrado por separado
  • Monto total incluyendo IGV

Las empresas deben mantener registros contables y documentos de respaldo para fines fiscales por un mínimo de cinco años.

C. Procedimientos de Presentación y Pago

Las declaraciones de IGV se presentan típicamente mensualmente, con fechas de vencimiento determinadas por el último dígito del número RUC del contribuyente según un cronograma publicado anualmente por la SUNAT.

Las declaraciones deben presentarse electrónicamente a través de la plataforma en línea de la SUNAT (SUNAT Operaciones en Línea), y los pagos pueden realizarse a través de bancos autorizados o transferencia electrónica de fondos. La presentación o pago tardío desencadena penalidades que van del 50% al 100% de la UIT (Unidad Impositiva Tributaria, actualmente S/. 4,950) más intereses a una tasa mensual de aproximadamente 1.2%.

Mecanismos de Retención del IGV

A. Sistema de Retenciones

Introducido para mejorar la eficiencia de la recaudación de impuestos, el Sistema de Retenciones requiere que los «Agentes de Retención del IGV» designados (típicamente grandes empresas) retengan un porcentaje del IGV al comprar bienes o servicios a sus proveedores. Al 2025, la tasa de retención estándar es del 3% del monto total de la factura.

El proveedor posteriormente deduce este monto retenido al calcular su obligación de IGV. Los agentes de retención deben emitir «Certificados de Retención» a sus proveedores y presentar informes mensuales de retención a la SUNAT.

Mecanismos de Retención del IGV

B. Sistema de Percepciones

El Sistema de Percepciones se aplica principalmente a importaciones y ciertas ventas domésticas de bienes específicos. Bajo este sistema:

  1. Para importaciones: Las autoridades aduaneras cobran un adicional del 3.5% – 10% (dependiendo de los bienes) además del IGV regular.
  2. Para ventas domésticas: Los agentes de percepción designados cobran un adicional del 2% en ventas de ciertos productos.

Estos montos de percepción representan pagos anticipados de las futuras obligaciones de IGV del comprador y pueden utilizarse como créditos contra su obligación de IGV en períodos subsiguientes.

C. Sistema de Detracciones

También conocido como el SPOT (Sistema de Pago de Obligaciones Tributarias), este mecanismo requiere que los compradores de ciertos bienes y servicios depositen un porcentaje (que va del 4% al 12%) del monto de la factura en la cuenta especial del proveedor en el Banco de la Nación.

Estos fondos solo pueden ser utilizados por el proveedor para pagar obligaciones tributarias. El sistema se aplica a sectores con niveles históricamente altos de incumplimiento, incluyendo construcción, transporte y varios servicios. Las tasas de detracción y las actividades cubiertas son actualizadas periódicamente por la SUNAT, con los ajustes más recientes realizados en enero de 2025.

D. Impacto en el Flujo de Caja y Cumplimiento

Estos mecanismos de retención impactan significativamente la gestión del flujo de caja de las empresas. Si bien han demostrado ser efectivos en reducir la evasión fiscal (aumentando la recaudación en un estimado del 15% desde su implementación), han añadido complejidad a los procedimientos de cumplimiento. Las empresas deben rastrear cuidadosamente todas las retenciones, percepciones y detracciones para asegurar el crédito adecuado contra sus obligaciones fiscales.

Regímenes Especiales del IGV y Consideraciones

A. Regímenes Tributarios Especiales para Pequeñas Empresas

Perú ofrece regímenes tributarios simplificados para pequeñas empresas:

  • Nuevo Régimen Único Simplificado (NRUS): Para empresas muy pequeñas con facturación anual por debajo de S/. 96,000. Los participantes pagan un monto mensual fijo que reemplaza tanto el impuesto a la renta como el IGV.
  • Régimen Especial de Renta (RER): Para pequeñas empresas con facturación anual por debajo de S/. 525,000. Los participantes pagan un impuesto a la renta simplificado pero permanecen sujetos a las reglas estándar del IGV.
  • Régimen MYPE Tributario: Para empresas con ingresos anuales de hasta 1,700 UIT. Ofrece tasas graduadas de impuesto a la renta pero se aplican obligaciones estándar de IGV.

B. IGV en Importaciones y Exportaciones

Las importaciones de bienes están sujetas al IGV a la tasa estándar del 18%, calculada sobre el valor CIF más los derechos de importación. El pago es típicamente requerido antes de que los bienes sean liberados de aduanas.

Las exportaciones tienen tasa cero, permitiendo a los exportadores recuperar el impuesto de entrada incurrido en compras relacionadas con sus actividades de exportación. Para calificar para la tasa cero, las exportaciones deben estar debidamente documentadas con declaraciones aduaneras y evidencia de respaldo de la transacción extranjera.

IGV en Importaciones y Exportaciones

Los servicios proporcionados a no residentes pueden calificar como «exportaciones de servicios» si cumplen criterios específicos, incluyendo ser consumidos o utilizados exclusivamente en el extranjero.

C. IGV en Servicios Digitales

A partir de enero de 2023, Perú implementó nuevas regulaciones que requieren que los proveedores extranjeros de servicios digitales a consumidores peruanos se registren y paguen IGV. La definición cubre entrega de contenido digital, plataformas en línea, software como servicio y ofertas similares.

Los proveedores extranjeros con operaciones significativas en Perú deben establecer una entidad local o designar un representante fiscal. Para proveedores más pequeños, la SUNAT ha implementado un sistema simplificado de registro y pago. Las instituciones financieras actúan como agentes de retención para pagos a proveedores extranjeros de servicios digitales no registrados.

D. Transacciones Inmobiliarias

Solo la primera venta de bienes inmuebles por constructores o desarrolladores está sujeta al IGV al 18%. La base imponible es el valor de construcción, excluyendo el valor del terreno. Las transferencias posteriores entre individuos generalmente están exentas de IGV pero pueden estar sujetas a otros impuestos.

El arrendamiento de propiedades residenciales está exento de IGV, mientras que los arrendamientos comerciales están gravados a la tasa estándar.

Administración y Aplicación del IGV

A. Rol de la SUNAT

La SUNAT es responsable de la administración integral del IGV, incluyendo:

  • Registro de contribuyentes y gestión de información
  • Procesamiento de declaraciones y pagos de impuestos
  • Realización de auditorías e investigaciones
  • Aplicación del cumplimiento a través de penalidades y acciones de cobro
  • Provisión de orientación y asistencia técnica a los contribuyentes

La SUNAT ha expandido significativamente sus capacidades tecnológicas, con énfasis en análisis de datos para identificar patrones de incumplimiento y dirigir auditorías en consecuencia.

B. Penalidades y Sanciones por Incumplimiento

Perú mantiene un régimen estricto de penalidades para violaciones del IGV:

  • Falta de registro: Penalidades de hasta 1 UIT (S/. 4,950).
  • No emisión de facturas adecuadas: Penalidades de hasta el 50% de la UIT por infracción.
  • Presentación de declaraciones incorrectas: Penalidades basadas en un porcentaje del impuesto subestimado o sobrestimación de créditos.
  • Pago tardío: Tasa de interés mensual de aproximadamente 1.2% más penalidades fijas.

Los poderes de aplicación de la SUNAT incluyen la capacidad de congelar cuentas bancarias, imponer gravámenes sobre propiedades y, en casos severos, perseguir cargos criminales por fraude fiscal.

Aspectos Internacionales del IGV en Perú

A. Transacciones Transfronterizas

Perú sigue el principio de destino para transacciones transfronterizas, lo que significa:

  • Las exportaciones tienen tasa cero (libres de impuestos pero con recuperación de crédito)
  • Las importaciones son gravadas en Perú

Los servicios se consideran «utilizados en Perú» cuando producen efectos o son consumidos dentro del territorio peruano, independientemente de dónde se realicen o dónde esté ubicado el proveedor.

B. Tratados de Doble Imposición

La red de tratados de doble imposición de Perú (incluyendo aquellos con Chile, Canadá, Brasil, México, Corea del Sur, Suiza y Portugal) principalmente aborda impuestos a la renta más que el IGV. Sin embargo, estos acuerdos pueden afectar indirectamente el tratamiento del IGV al clarificar el estatus de establecimiento permanente y la caracterización de ingresos.

Aspectos Internacionales del IGV en Perú

C. Comparación con Sistemas de IGV en Otros Países Latinoamericanos

La tasa del 18% del IGV de Perú está cerca del promedio regional (Chile: 19%, Colombia: 19%, Ecuador: 12%, Bolivia: 13%). Los mecanismos de retención de Perú son similares a los sistemas en Colombia y Ecuador pero más integrales que los de Chile.

A diferencia de algunos países vecinos, Perú no ha implementado tasas reducidas para bienes esenciales, prefiriendo exoneraciones directas. El sistema de facturación electrónica de Perú está entre los más avanzados de la región, comparable a los de Chile y México.

Desarrollos Recientes y Tendencias Futuras

A. Enmiendas Recientes a la Legislación del IGV

Cambios significativos recientes al sistema de IGV de Perú incluyen:

  1. Tributación de Servicios Digitales: Implementación del IGV en servicios digitales proporcionados por no residentes (2023).
  2. Facturación Electrónica Mejorada: Expansión de la facturación electrónica obligatoria a prácticamente todas las empresas (completada en 2024).
  3. Procedimientos de Reembolso Simplificados: Nuevos procedimientos expeditos para exportadores y ciertos proyectos de inversión.
  4. Tasas de Retención Revisadas: Ajustes a las tasas de retención, percepción y detracción para varios sectores (2025).

B. Potenciales Reformas Futuras

Se están llevando a cabo discusiones sobre:

  • Reconsideración de Tasas: Potencial reducción de la tasa estándar para estimular el crecimiento económico.
  • Ampliación de la Base Tributaria: Propuestas para limitar exoneraciones mientras se protegen bienes y servicios esenciales.
  • Cumplimiento Simplificado para PYMEs: Nuevas medidas para reducir cargas de cumplimiento mientras se mantiene la recaudación.
  • Armonización Regional: Mayor coordinación con países de la Alianza del Pacífico (Chile, Colombia, México) sobre el tratamiento del IGV en transacciones transfronterizas.

C. Impacto de la Tecnología en la Administración del IGV

Perú continúa estando a la vanguardia de la innovación tecnológica en administración tributaria:

  1. Inteligencia Artificial: Implementación de IA para selección de auditorías y detección de fraudes.
  2. Proyectos Piloto de Blockchain: Exploración de tecnología blockchain para transacciones de IGV seguras y transparentes.
  3. Reportes en Tiempo Real: Movimiento hacia reportes instantáneos de transacciones en lugar de declaraciones periódicas.
  4. Aplicaciones Móviles: Desarrollo de herramientas para smartphones para que pequeñas empresas emitan facturas y rastreen obligaciones tributarias.

Conclusión

El sistema de IGV de Perú representa un marco sofisticado de impuesto al consumo que continúa evolucionando en respuesta a cambios económicos y avances tecnológicos. Mientras el sistema proporciona ingresos sustanciales para el gobierno, presenta desafíos de cumplimiento, particularmente para empresas más pequeñas que navegan por los diversos mecanismos de retención y requisitos electrónicos.

La tendencia hacia la digitalización de la administración tributaria probablemente continuará, potencialmente reduciendo costos de cumplimiento a largo plazo mientras mejora la eficiencia de recaudación. Las empresas que operan en Perú deben mantenerse informadas de los cambios regulatorios e invertir en sistemas apropiados para asegurar el cumplimiento con este régimen tributario complejo pero cada vez más modernizado.

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