IPM SUNAT 2026: qué es y por qué el IGV es 15.5% + 2.5%

IPM: impuesto de promoción municipal · Ley N.° 32387

Respuesta rápida sobre el IPM SUNAT: el Impuesto de Promoción Municipal (IPM) es un impuesto que la SUNAT cobra junto con el IGV. Desde el 1 de enero de 2026 sube de 2% a 2.5% y el IGV propiamente dicho baja de 16% a 15.5%. La tasa que pagas sigue siendo 18%: el IPM no se suma encima. Hasta 2029 el IPM gana medio punto por año y el IGV pierde lo mismo, hasta quedar en 14% + 4%.

Separar IGV e IPM en la calculadora →

Actualizado: 26 de octubre de 2026 · Por Cuentas Claras Perú · Basado en fuentes oficiales de la SUNAT y gob.pe (ver fuentes)

¿Buscabas el otro IPM? La SUNAT también publica el Índice de Precios al por Mayor (IPM), un indicador que no tiene nada que ver con este impuesto y que se usa, por ejemplo, para actualizar saldos a favor. Lo encuentras en la sección de índices y tasas de la SUNAT: sunat.gob.pe, Índice de Precios al por Mayor.

¿Qué es el IPM (impuesto de promoción municipal) y por qué cambia?

El Impuesto de Promoción Municipal (IPM) grava las mismas operaciones afectas al IGV y se rige por sus mismas normas. Se calcula sobre la misma base y lo recauda la SUNAT junto con el IGV. Su rendimiento va al Fondo de Compensación Municipal (FONCOMUN), que se reparte entre las municipalidades provinciales y distritales del país. El FONCOMUN se forma con tres ingresos: el IPM, el Impuesto al Rodaje y el Impuesto a las Embarcaciones de Recreo. Lo que el IPM recaude de más por la nueva ley solo puede usarse en inversión pública, no en gasto corriente (ver qué deben hacer las municipalidades).

La Ley N.° 32387, “Ley que promueve la descentralización fiscal para incentivar el desarrollo de los gobiernos locales fortaleciendo el FONCOMUN”, se publicó en El Peruano el 16 de junio de 2025. Su artículo 2 aumenta el rendimiento del IPM en 0.5 puntos por año fiscal, de 2026 a 2029, hasta sumar 2 puntos más. Según la SUNAT, la parte del IGV baja en la misma medida cada año, así que la tasa aplicable se mantiene en 18%.

Por qué la ley dice 4% y 14% si estamos en 2026

Si lees la ley completa, verás que modifica el artículo 76 de la Ley de Tributación Municipal (IPM de 4%) y el artículo 17 de la Ley del IGV (IGV de 14%). Esas son las tasas finales. La cuarta disposición final de la misma ley dice que esas cifras rigen de forma progresiva, al ritmo del incremento del artículo 2. Por eso en 2026 se aplica 15.5% + 2.5%, y el 14% + 4% recién llega en 2029.

Tasa del IPM en Perú, 2025-2029: cronograma del IGV e IPM

AñoIGVIPMTasa aplicableImpuesto sobre S/ 1,000 (IGV + IPM)
202516%2%18%S/ 160.00 + S/ 20.00
202615.5%2.5%18%S/ 155.00 + S/ 25.00
202715%3%18%S/ 150.00 + S/ 30.00
202814.5%3.5%18%S/ 145.00 + S/ 35.00
2029 en adelante14%4%18%S/ 140.00 + S/ 40.00

En todos los años, el impuesto total sobre S/ 1,000.00 es S/ 180.00 y el precio final es S/ 1,180.00. Lo único que se mueve es cuánto de esos S/ 180.00 se queda como IGV y cuánto va a las municipalidades.

Revisamos esta tabla contra las normas publicadas en El Peruano y las páginas de la SUNAT, y la calculadora aplica el reparto que corresponde a cada año. Puedes ver quién hace este trabajo y cómo mantenemos las tasas al día en quiénes somos en Cuentas Claras Perú.

¿Qué cambia para ti con el IPM de 2.5%?

S/

Precios

No cambian por esta ley: el impuesto total sigue siendo 18%. Sigues multiplicando por 1.18 para agregar el IGV con la calculadora de IGV y dividiendo entre 1.18 para quitarlo.

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Comprobantes y declaraciones

Cambia cómo se reparte el 18% entre IGV e IPM, no la forma de declararlo (ver cómo se declara). Si llevas contabilidad, verifica con tu contador o tu sistema que el reparto 15.5% / 2.5% esté actualizado desde enero de 2026.

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Restaurantes y hoteles MYPE

La tasa especial también suma el nuevo IPM: en 2026 es 8% de IGV + 2.5% de IPM = 10.5%. En 2027, según la SUNAT, será 12% + 3% = 15%.

El IPM, igual que el IGV, se aplica a ventas, servicios, contratos de construcción e importaciones. No se descuenta de tu sueldo ni de beneficios laborales como la CTS; si lo que quieres es saber cuánto te depositan en noviembre, usa la calculadora de CTS.

¿Cómo se cobran y declaran el IGV e IPM ante la SUNAT?

No tienes que hacer un trámite aparte para el IPM. La SUNAT lo administra junto con el IGV:

  • En tu factura o boleta el impuesto va en una sola casilla de IGV por el total: 18% en general, o 10.5% si eres MYPE de restaurantes u hoteles con tasa especial. No se agrega una línea separada de IPM.
  • Cada mes declaras y pagas con el Formulario Virtual N.° 621 (IGV-Renta mensual) en SUNAT Operaciones en Línea, con tu Clave SOL, según el cronograma por último dígito del RUC.
  • Crédito fiscal y saldo a favor se calculan sobre el 18% completo. El nuevo reparto no cambia cuánto puedes descontar por tus compras ni cómo arrastras un saldo a favor a los meses siguientes.
  • Si pagaste de más o por error, la devolución del IPM sigue las mismas reglas que la del IGV y el Código Tributario.

Ventas sin IGV: tampoco llevan IPM

El IPM solo grava las operaciones afectas al IGV (art. 76 de la Ley de Tributación Municipal). Por eso, si una venta está exonerada o inafecta, o es una exportación, no lleva IGV ni IPM. La diferencia entre exonerado e inafecto la explicamos en la guía de exonerado vs. inafecto. Y si estás en el Nuevo RUS, tu cuota mensual ya reemplaza al IGV, al IPM y al Impuesto a la Renta, así que no cobras IGV ni IPM por separado.

Ejemplo oficial: venta de S/ 1,500 en 2026

La guía de gob.pe sobre el IPM usa una venta de un escritorio por S/ 1,500.00 en 2026. Con esos datos, el desglose es:

ConceptoImporte
Valor de ventaS/ 1,500.00
IGV 15.5%S/ 232.50
IPM 2.5%S/ 37.50
Total impuestos (18%)S/ 270.00
Precio de ventaS/ 1,770.00

En 2025 la misma venta habría tenido S/ 240.00 de IGV y S/ 30.00 de IPM: el mismo S/ 270.00 de impuesto y el mismo precio final.

IGV e IPM en el impuesto del mes: un ejemplo con compras

El impuesto que pagas cada mes sigue siendo la diferencia entre el impuesto de tus ventas (débito fiscal) y el de tus compras con comprobante válido (crédito fiscal), todo al 18%. Supongamos una empresa que en octubre de 2026 vende S/ 20,000.00 y compra S/ 12,000.00, ambos sin impuestos:

ConceptoBaseIGV 15.5%IPM 2.5%Total 18%
Ventas (débito)S/ 20,000.00S/ 3,100.00S/ 500.00S/ 3,600.00
Compras (crédito)S/ 12,000.00S/ 1,860.00S/ 300.00S/ 2,160.00
Por pagarS/ 1,240.00S/ 200.00S/ 1,440.00

El total por pagar es el mismo que con la tasa de 2025 (S/ 1,440.00). Solo cambia el reparto: en 2025 habrían sido S/ 1,280.00 de IGV y S/ 160.00 de IPM.

IPM en una importación

Como el IPM grava todas las operaciones afectas al IGV, también se paga al importar. Según la SUNAT, la base en una importación de bienes es el valor en aduana más los derechos e impuestos que gravan la importación, sin contar el propio IGV. Un ejemplo con cifras supuestas:

  • Valor en aduana: S/ 10,000.00. Derechos de importación (supuestos): S/ 600.00.
  • Base para el IGV y el IPM: S/ 10,600.00.
  • IGV 15.5%: S/ 1,643.00 · IPM 2.5%: S/ 265.00 · total 18%: S/ 1,908.00.

Los derechos reales dependen de la partida arancelaria de cada producto; aquí solo sirven para mostrar el orden del cálculo.

¿Por qué a veces sale un céntimo de diferencia?

Si calculas el IGV y el IPM por separado y redondeas cada uno, la suma puede no coincidir con el 18% redondeado una sola vez. Con una base de S/ 10.30:

  • 18% de una vez: 1.854 → S/ 1.85.
  • Por separado: 15.5% = 1.5965 → S/ 1.60 y 2.5% = 0.2575 → S/ 0.26, que suman S/ 1.86.

Nuestra calculadora redondea primero el 18% y luego reparte ese importe entre IGV e IPM, para que las partes siempre sumen el total exacto (S/ 1.59 + S/ 0.26 = S/ 1.85). Lo explicamos paso a paso en cómo hacemos y revisamos los cálculos. Sea cual sea el método de tu sistema, conviene que lo aplique igual en todos tus comprobantes.

Errores frecuentes con el IPM y el IGV

  • Sumar el 2.5% al 18%. El IPM ya está dentro del 18%. Una tasa de 20.5% no existe.
  • Seguir escribiendo “16% + 2%”. Ese reparto valió hasta 2025. En 2026 es 15.5% + 2.5%.
  • Pensar que bajó el IGV y que tus precios deben bajar. Baja solo la parte del IGV; el total no cambia.
  • Usar el 10% de 2025 en restaurantes y hoteles MYPE. En 2026 la tasa especial es 10.5%.

¿Qué deben hacer las municipalidades para recibir el incremento?

La ley condiciona el acceso al dinero extra del FONCOMUN. Cada municipalidad debe tener aprobados al menos dos de sus tres instrumentos de planeamiento (Plan de Desarrollo Local Concertado, Plan Estratégico Institucional y Plan Operativo Institucional), con opinión técnica previa del CEPLAN. Ese dinero adicional solo puede financiar proyectos de inversión pública que cierren brechas y, de forma excepcional, transferencias a municipalidades de centros poblados; no puede ir a gasto corriente.

Preguntas frecuentes sobre el IPM de la SUNAT

¿Qué es el IPM de la SUNAT?

Es el Impuesto de Promoción Municipal: grava las mismas operaciones que el IGV, lo recauda la SUNAT y su rendimiento va al FONCOMUN para las municipalidades. En 2026 es 2.5% y forma parte del 18%. No debe confundirse con el Índice de Precios al por Mayor, que la SUNAT también publica con la sigla IPM.

¿El IPM es un impuesto aparte del IGV?

Legalmente sí, porque lo regula la Ley de Tributación Municipal, pero en la práctica va unido al IGV: se calcula sobre la misma base, se muestra junto con el IGV en el comprobante y se declara en el mismo Formulario 621. Por eso se habla de IGV e IPM como un solo 18%.

¿Subió el IGV en 2026?

No. La tasa total sigue siendo 18%. Lo que cambió desde el 1 de enero de 2026 es su composición: 15.5% de IGV y 2.5% de Impuesto de Promoción Municipal, según la Ley N.° 32387.

¿Cuánto es el IPM en 2026?

El IPM es 2.5% en 2026. Será 3% en 2027, 3.5% en 2028 y 4% desde 2029.

¿El IPM se suma al 18%?

No. El IPM forma parte del 18%. En 2026, de cada S/ 100.00 de base, S/ 15.50 son IGV y S/ 2.50 son IPM: S/ 18.00 en total.

¿Qué es la Ley 32387?

Es la ley publicada el 16 de junio de 2025 que incrementa de forma gradual el Impuesto de Promoción Municipal para fortalecer el Fondo de Compensación Municipal (FONCOMUN), con 0.5 puntos adicionales por año entre 2026 y 2029.

¿Tengo que cambiar mis precios por el IPM de 2.5%?

No por esta ley, porque la tasa total sigue siendo 18%. El cálculo del precio con IGV y la fórmula para quitar el IGV no cambian.

¿El IPM se paga también en las importaciones?

Sí. El IPM grava todas las operaciones afectas al IGV, incluida la importación de bienes. Se calcula sobre la misma base que el IGV: el valor en aduana más los derechos e impuestos de la importación, sin el IGV.

¿El IPM de 2.5% se aplica también a restaurantes y hoteles con tasa especial?

Sí. En 2026 la tasa especial para MYPE de restaurantes, hoteles y alojamientos turísticos es 8% de IGV más 2.5% de IPM, es decir 10.5%. En 2027 será 12% más 3%, es decir 15%.

¿Se puede pedir la devolución del IPM pagado de más?

Sí. Según la SUNAT, la devolución de pagos en exceso o indebidos de IPM se tramita con las reglas de la Ley del IGV y del Código Tributario, igual que la del IGV.

¿Ves un dato que no cuadra con la norma? Escríbenos desde la página de contacto y lo revisamos. El uso de esta guía se rige por nuestro aviso legal y descargo de responsabilidad.

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Fuentes

  • El Peruano, Ley N.° 32387 (16/06/2025): arts. 2-4, cuarta disposición final y disposiciones modificatorias: busquedas.elperuano.pe
  • gob.pe (SUNAT), Impuesto de Promoción Municipal (IPM): FONCOMUN, tasas 2026-2029, ejemplo de cálculo y devolución: gob.pe
  • gob.pe (PCM), Incremento de recursos del FONCOMUN, Ley 32387: gob.pe
  • SUNAT Orientación, Concepto, tasa y operaciones gravadas del IGV (tabla 2026-2029): orientacion.sunat.gob.pe
  • gob.pe (SUNAT), Impuesto General a las Ventas (IGV): tasa 2026 de 15.5% que incluye el 2.5% de IPM: gob.pe
  • SUNAT, Índice de Precios al por Mayor (indicador distinto del impuesto): sunat.gob.pe
  • D. Leg. N.° 776, Ley de Tributación Municipal (TUO D.S. N.° 156-2004-EF), art. 76: el IPM grava las operaciones afectas al IGV y se rige por sus normas. D. Leg. N.° 937, Nuevo RUS, art. 2: la cuota comprende IGV, IPM e Impuesto a la Renta.
  • SUNAT Orientación, Cálculo del impuesto (IGV): orientacion.sunat.gob.pe
  • SUNAT Emprender, Impuesto General a las Ventas (IGV), crédito fiscal, saldo a favor y declaración mensual: emprender.sunat.gob.pe
  • SUNAT Emprender, Reducción del IGV para restaurantes, hoteles y alojamientos turísticos: emprender.sunat.gob.pe

Actualizado: 26 de octubre de 2026.

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